Nuevas subvenciones para la formación de desempleados, con compromiso de contratación
Este programa está especialmente pensado para las empresas que tienen una necesidad o previsión de contratación y que precisen diseñar una formación vinculada a estas contrataciones.
El programa, que incluye un compromiso de contratación por parte de las entidades solicitantes de las personas formadas por ellas mismas o en otras empresas, subvenciona la formación profesional para el empleo que busca profesionalizar el alumnado participante para que se pueda capacitar para ser contratado por las empresas solicitantes o comprometidas (demandantes de empleo desempleados) o mejorar/consolidar los trabajadores en activo.
Dirigido prioritariamente a demandantes de empleo no ocupados en una proporción mínima del 70%. El porcentaje de trabajadores ocupados que pueden participar es del 30%.
También pueden participar en la convocatoria de Forma i Insereix las personas afectadas por un ERTO, las cuales, a efectos del cálculo de dichos porcentajes, no computan como ocupadas.
Si dirige una empresa que no encuentra trabajadores con una formación específica para cubrir sus necesidades, o un centro de formación profesional para el empleo que conoce empresas con necesidad de cubrir puestos de trabajo y dispuestas a contratar los alumnos que forma, el SOC subvenciona la formación necesaria mediante este programa.
Compromiso de contratación
- Empresas, asociaciones o gremios. Compromiso de contratar al 40% de los alumnos otorgados que hayan finalizado la formación.
- Entidades de formación. Compromiso de contratar al 60% de los alumnos otorgados que hayan finalizado la formación.
Contratación
Los contratos deben tener una duración mínima de:
- 6 meses con jornada a tiempo completo.
- 9 meses si es a tiempo parcial.
- En caso de contratos de formación y aprendizaje, mínimo 12 meses a tiempo completo
La contratación debe formalizarse durante los seis meses siguientes de terminar la formación.
Acciones formativas subvencionables
Se considerarán actuaciones subvencionables las acciones de formación profesional para el empleo, destinadas a la capacitación o mejora profesional, vinculadas al Catàleg d’Especialitats Formatives. Concretamente las siguientes acciones formativas:
- Certificados de profesionalidad.
- Especialidades no conducentes a certificados de profesionalidad.
- Formación a medida.
- Prácticas no laborales.
No se subvenciona la contratación ni se trata de ninguna bonificación.
Cuantía
Se establece un módulo económico, vinculado al compromiso de contratación asumido por la entidad, que se aplica para determinar la cuantía de la subvención. El importe del módulo económico se determina en base a los módulos/hora publicados en la Resolución EMT/1720/2021, de 31 de mayo.
Estos módulos económicos se aplican según las acciones formativas, agrupadas por familias profesionales, y pueden ir de 5 euros y pico a 8 euros o más en las especialidades adaptadas a trabajadores con discapacidad.
Presentación de las solicitudes
15 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (publicado el 18/11/2021).