El DOGC acaba de publicar una nueva línea de ayudas, esta vez dirigidas al sector de la actividad educativa y de las actividades extraescolares, afectado por la Resolución SLT 2700/2020, de 29 de octubre, que comporta la suspensión de todas las actividades de ocio y extraescolares que se estuvieran realizando en el momento de su entrada en vigor.
Beneficiarios:
- Entidades, empresas y autónomos dedicados a actividades de ocio educativo, de lunes a viernes, o agrupamientos con actividad de fin de semana.
- Entidades, empresas y autónomos que realizan actividades extraescolares, entendiendo como tales las realizadas fuera del horario lectivo, sean o no realizadas en centros educativos, dadas de alta en el censo del impuesto de actividades económicas con el epígrafe correspondiente, y dirigidas a niños de entre 3 y 18 años.
- Entidades, empresas y autónomos titulares o gestores de instalaciones juveniles inscritas en el registro administrativo correspondiente.
- La subvención no es aplicable a clubs deportivos federados.
Importe: ayuda a fondo perdido, en forma de pago único, por importe de:
- 1.500 euros, para los beneficiarios del primer inciso anterior.
- 2.500 euros, para los beneficiarios del segundo inciso.
- 5.000 euros, para los beneficiarios del tercer inciso
Solicitud y concesión:
- Régimen de concurrencia no competitiva, por orden cronológico de presentación de la solicitud.
- Se deberá rellenar una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos, verificable por la administración a posteriori.
- La subvención es acumulable a otras ayudas concedidas
Puede consultar más detalles de la mencionada subvención en el siguiente enlace:
https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/8268/1821475.pdf
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