Desde hace tiempo, la Gerencia Territorial del Catastro y los ayuntamiento, han realizado y están realizando, varias campañas para identificar todos aquellos inmuebles que no pagan el IBI, o no pagan todo lo que deberían pagar, por no estar dados de alta o no haber comunicado las modificaciones realizadas en los inmuebles.

Una parte de la investigación efectuada por el catastro es a través de la información proporcionada por los ayuntamientos, beneficiarios de la recaudación de todo el IBI regularizado. Esta regularización sería la dirigida a nuevas construcciones, especialmente en urbanizaciones o en obras nuevas detectadas a través de Permisos de Obras pedidos a los ayuntamientos.

Pero muchas de las obras efectuadas, en numerosas ocasiones, no han pedido el permiso. Este es el caso de piscinas, ampliaciones de vivienda, zonas deportivas, etc., realizadas en inmuebles ya dados de alta en el Catastro y que estas modificaciones suponen una variación de la valoración de los mismos y consecuentemente un aumento en el recibo del IBI.

Para detectar estas variaciones, la administración está utilizando las nuevas tecnologías, fotos efectuadas por satélites o drones, que permiten visualizar donde se han efectuado las modificaciones y de esta manera poder incorporar los nuevos datos en el padrón del IBI.

Estas modificaciones catastrales efectuadas de oficio por la administración comportan el pago de una tasa de 60 €, el pago de la parte no liquidada en el ayuntamiento, en función de los nuevos valores catastrales, durante los 4 años anteriores a la modificación efectuada, y a la posibilidad de una sanción que podría llegar a los 6000 €

A la vista de todas estas campañas, sería conveniente revisar la información catastral de los inmuebles y si no se corresponde a la realidad de los mismos, hacer las oportunas modificaciones antes de que vengan impuestas por el Catastro.

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