Moratoria en el pago de cuota mediante aplazamiento con la Seguridad Social
Las empresas y los trabajadores por cuenta propia, siempre que se encuentren al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social y no tuvieran otro aplazamiento en vigor, podrán solicitar la moratoria en el pago de las cuotas con la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta que se devenguen:
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