Nuevas medidas urgentes a nivel laboral
El Real Decreto Ley 18/2021 y el Real Decreto 817/2021 nos traen novedades importantes en el ámbito laboral, que pasamos a explicar a continuación:
El Real Decreto Ley 18/2021 y el Real Decreto 817/2021 nos traen novedades importantes en el ámbito laboral, que pasamos a explicar a continuación:
Recientemente se ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya la resolución que abre la convocatoria para la concesión de ayudas a la contratación de trabajadores en riesgo de exclusión en el mercado laboral. A continuación relacionamos los principales rasgos de estas ayudas:
Esta ayuda pretende ser un complemento para la prestación por desempleo, la prestación extraordinaria de los trabajadores con contrato fijo discontinuo, con el fin de paliar en parte esta disminución de ingresos.
Serán fiestas laborales en Cataluña durante el año 2022, además de los dos festivos locales fijados a propuesta de los municipios respectivos, las siguientes:
Els objectius de la nova norma són prorrogar l’aplicació de les mesures de flexibilitat, incloses les mesures extraordinàries en matèria d’exoneracions en les cotitzacions a la Seguretat Social de les empreses, les mesures extraordinàries en matèria de protecció de desocupació, i aquelles mesures complementàries que eviten acomiadaments i la destrucció de llocs de treball.
El próximo 14 de abril entra en vigor el Real Decreto 902/2020, por el que se aprueba el reglamento de igualdad retributiva entre mujeres y hombres
El Servei Públic d’Ocupació de Catalunya ha abierto la convocatoria 2021 para la concesión de subvenciones a la contratación de personas mayores de 45 años en situación de desempleo.
Las instrucciones publicadas el 29 de enero nos concretan, entre otros puntos, la manera de proceder para conceder el permiso general de hasta cuatro horas a que tienen derecho las personas trabajadoras para ejercer su derecho a voto.
El nuevo Real Decreto-Ley 2/2021 contempla la prórroga de todos los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) basados en causas relacionadas con la COVID-19 hasta el 31 de mayo de 2021.
La Tesorería General de la Seguridad Social nos ha comunicado el cierre, a partir de enero de 2021, de las cuentas bancarias de las Unidades de Recaudación Ejecutiva en las cuales hasta ahora se tenían que realizar los ingresos de las deudas en materia de Seguridad Social que hayan contraído las empresas y autónomos, que se encuentren en vía ejecutiva, así como cualquier otro en cumplimiento de una actuación ejecutiva.
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