¿Tengo que presentar el resumen anual de IVA (modelo 390)?

|¿Tengo que presentar el resumen anual de IVA (modelo 390)?

¿Cómo podemos ayudarte?

¿Tengo que presentar el resumen anual de IVA (modelo 390)?

El 30 de enero de 2025 finaliza el plazo de presentar el modelo 390 correspondiente al ejercicio 2024. Con carácter general, están obligados a la declaración-resumen anual de IVA aquellos que tengan la obligación de presentar autoliquidaciones trimestrales del impuesto (modelo 303).

No tienen que presentar el modelo 390:

  • Sujetos pasivos obligados a presentar autoliquidaciones no periódicas como el modelo 309.
  • Sujetos pasivos obligados a presentar solo el modelo 369 de declaraciones de IVA de los regímenes especiales de ventanilla única.
  • Sujetos pasivos que lleven libros registros de IVA mediante la sede electrónica de la AEAT (SII).
  • Sujetos pasivos que solo declaren por arrendamiento de bienes inmuebles urbanos.
  • Sujetos pasivos en el régimen de módulos.