Como norma general no, pero lo será, siempre y cuando la empresa acreedora esté declarada en concurso de acreedores y éste se encuentre ya en su fase de liquidación final declarada por el juez.
Como norma general no, pero lo será, siempre y cuando la empresa acreedora esté declarada en concurso de acreedores y éste se encuentre ya en su fase de liquidación final declarada por el juez.