Sí deben incluirse siempre que superen la cuantía de 3005,06€ por cliente. Lo que no se deben declarar son las entregas y adquisiciones de bienes con las Islas Canarias.
¿Los servicios prestados a clientes establecidos en las Islas Canarias se deben incluir en el modelo 347?
gestiogirona
2023-02-24T10:42:42+00:00
24 febrero 2023|Comentarios desactivados en ¿Los servicios prestados a clientes establecidos en las Islas Canarias se deben incluir en el modelo 347?