Según la nueva normativa de la DGT, los detectores y los inhibidores de radar y cinemómetros, están totalmente prohibidos, por lo que no se pueden llevar en el coche.
El solo hecho de llevarlos, estén o no en funcionamiento, comportará una sanción de 500€ y la retirada de 6 puntos del carnet de conducir.
En cambio, los avisadores de radar que podemos tener instalados en el móvil, son totalmente legales, ya que cogen los datos de la DGT.