Los gastos de formación son considerados gastos de personal y se contabilizan en la cuenta 649 – Otros gastos sociales. Por otro lado, la contabilización de la aplicación de la bonificación se admite en cuentas de los grupos 74 o 75.
Los gastos de formación son considerados gastos de personal y se contabilizan en la cuenta 649 – Otros gastos sociales. Por otro lado, la contabilización de la aplicación de la bonificación se admite en cuentas de los grupos 74 o 75.