El TJUE aumenta el alcance de las reclamaciones por cláusulas suelo
El TJUE ha declarado que es contraria al derecho de la Unión Europea la aplicación de principios procesales que restrinjan en el tiempo la restitución de cantidades indebidamente pagadas por los consumidores a consecuencia de una cláusula declarada abusiva. Con este pronunciamiento se abre la puerta a la restitución de aquellas cantidades que en su día no se reclamaron por impedirlo la sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013.
Antecedentes:
1. La STS de 9 de mayo de 2013 declaraba la nulidad, por abusivas, de las cláusulas suelo, pero estableciendo que la sentencia no tenía carácter retroactivo, de modo que no afectaba a las situaciones ya resueltas por sentencia firme ni a los pagos ya efectuados a la fecha de publicación de la resolución. Por eso, en las reclamaciones por cláusulas suelo posteriores a esta sentencia, no se reclamaban los importes pagados de más antes del 9 de mayo de 2013.
2. La STJUE de 21 de diciembre de 2016 desautorizaba la anterior doctrina del TS, estableciendo que no se podían limitar los efectos restitutorios de la cláusula nula, de modo que los consumidores podían reclamar también las cantidades pagadas antes del 9 de mayo de 2013.
Sin embargo, los consumidores que ya habían presentado sus reclamaciones según la doctrina del Tribunal Supremo, no podían acogerse a la nueva jurisprudencia europea y pedir la devolución de las cantidades anteriores a 9 de mayo de 2013, dado que, por el efecto denominado de “cosa juzgada”, no se puede plantear una nueva demanda sobre unos hechos que ya han sido resueltos definitivamente.
La STJUE de 17 de mayo de 2022:
La sentencia del TJUE dada a conocer ahora establece que este principio de cosa juzgada no puede restringir el derecho de restitución que tienen los consumidores afectados por una cláusula abusiva, por lo que, quienes no pudieron hacerlo en su momento, podrán interponer ahora un nuevo procedimiento para reclamar la devolución de los importes indebidamente pagados antes del 9 de mayo de 2013.