El pasado año 2017 el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) comenzóla modificación del Plan General de Contabilidad (PGC) y las Normas para la formulación de cuentas anuales consolidadas (NFCAC) para llegar a la adecuada homogeneización de la normativa contable española con las normas internacionales. Un año más tarde, se ha publicado el Proyecto de Resolución donde esta modificación se plasma básicamente en dos Normas de registro y valoración de nuestro PGC:

9ª -Instrumentos financieros

14ª -Ingresos por ventas y prestación de Servicios

 

En esta modificación se incorporan las mejoras introducidas tanto por la NIIF 15 para contabilizar los ingresos de acuerdo con un modelo único para el reconocimiento y medición de las ventas de ciertos activos no financieros, como por la NIIF 9 con el objetivo de mejorar la imagen fiel sobre la gestión de los instrumentos financieros. Además, con esta modificación, se adapta la presentación de las ampliaciones de capital, por lo que se ha introducido una regla sobre los efectos contables de una fusión prevista en la norma de registro y valoración sobre combinaciones de negocios. Recordemos que sólo las entidades cotizadas en mercados secundarios están obligadas a la aplicación de las NIIF.

También se introducen cambios en las normas de formulación de las cuentas anuales consolidadas, ya incluidas en las cuentas individuales, y conllevará una modificación del Real Decreto 1491/2011 por el que se aprueban las normas de adaptación del PGC a las entidades sin fines lucrativos y así adaptar los modelos de las cuentas anuales a los cambios introducidos en las normas de registro y valoración del PGC.

 

Finalmente, su aplicación se aplazará presumiblemente al uno de enero de 2019.

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