No. Si una factura reúne todos los requisitos exigidos por el R.D. 1496/2003 pueden deducirse las cuotas soportadas que figuren en la misma y tengan la consideración de deducibles, sin que el derecho a deducir se vea perjudicado por darse la circunstancia de que en la misma factura se incluyan, junto con operaciones cuyas cuotas son deducibles, otras cuyas cuotas no pueden ser objeto de deducción.
Una factura incluye cuotas soportadas que pueden ser objeto de deducción y otras cuotas que no son deducibles ¿es necesario expedir facturas diferentes para practicar la deducción?
gestiogirona
2020-06-12T08:42:40+00:00
12 junio 2020|Comentarios desactivados en Una factura incluye cuotas soportadas que pueden ser objeto de deducción y otras cuotas que no son deducibles ¿es necesario expedir facturas diferentes para practicar la deducción?