A partir del 17 de julio de 2023 entra en vigor la Orden HFP/792/2023 relativa a los gastos de locomoción exentos de tributar en el IRPF, que excluye de gravamen la cantidad que resulte de multiplicar 0,26 euros por el número de kilómetros recorridos, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, más los gastos de peaje y aparcamiento que también se justifiquen adecuadamente.

Este incremento de la exención es aplicable a los trabajadores por cuenta ajena, los autónomos y los funcionarios.

Así pues, los importes exentos por gastos de desplazamiento quedan fijados en 0,26 euros por kilómetro en el caso de automóviles y en 0,106 euros por kilómetro en el caso de motocicletas.

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