El pasado 30 de marzo se publicó la Ley autonómica que introduce, entre otros, modificaciones tanto en los tributos propios catalanes, como para algunos de los tributos estatales cedidos parcial o totalmente a Cataluña.
Entre las numerosas medidas introducidas, destacamos las siguientes:
- Nuevos tributos propios:
- Introducción de un nuevo impuesto sobre las bebidas azucaradas envasadas, que entrará en vigor en un mes, y que afectará a las bebidas con azúcar calórico añadido.
- Introducción de un nuevo impuesto sobre las emisiones de los vehículos de tracción mecánica, que entrará en vigor entre los años 2018 y 2019.
- Modificaciones en los tributos propios ya existentes:
- Impuesto sobre las viviendas vacías: destaca el establecimiento de un mínimo exento de 150 m2
- Impuesto sobre grandes establecimientos comerciales: se amplía su ámbito de aplicación.
- Impuesto sobre estancias en establecimientos turísticos: no varían las cuotas para la mayoría de modalidades de estancias, pero se introducen tarifas especiales para determinados supuestos específicos.
- Modificaciones en los tributos cedidos:
- IRPF: Endurecimiento de los requisitos para aplicar la deducción incrementada por la adquisición de la vivienda habitual (bajo la vigencia de la deducción derogada para adquisiciones posteriores al 1 de enero de 2013).
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD)
- Se introduce una escala de dos tramos para las operaciones inmobiliarias, de manera que las operaciones de valor superior a 1.000.000 euros se verán gravadas con un incremento de un punto porcentual en el impuesto.
- Se eleva del 1,8% al 2,5% el tipo aplicable en concepto de Actos Jurídicos Documentados en caso de renuncia a la exención del IVA en operaciones inmobiliarias.
SEGUEIX-NOS