Se acerca el fin de año, y va quedando menos tiempo para tomar determinadas decisiones que nos pueden generar desgravaciones importantes para la siguiente declaración de la renta. A continuación explicamos dos de las estrategias más habituales:

A) Hacer aportaciones a planes de pensiones

La Ley bonifica fiscalmente las aportaciones a planes de pensiones, con los siguientes límites:

  • Aportaciones realizadas por el contribuyente a un plan de pensiones propio: el máximo anual a aportar será la menor de las dos cantidades siguientes:
  1. 8.000 euros
  2. El 30% de la suma de sus rendimientos de trabajo y actividades económicas del año.
  • Aportaciones realizadas por el contribuyente a un plan de pensiones de su cónyuge: la desgravación está sujeta a dos condiciones:
  1. Que el cónyuge no obtenga rendimientos de trabajo o actividades económicas superiores a los 8.000 euros.
  2. Que les aportaciones no superen los 2.500 euros anuales.

Se trata de un incentivo que disminuye los rendimientos fiscales del contribuyente, y por lo tanto su efecto es proporcionalmente creciente a medida que aumenta la renta. Por ejemplo, una persona de 50 años con unos rendimientos brutos de 40.000 euros, dependiendo de sus circunstancias personales y familiares, podrá desgravar hasta unos 3.400 euros de la cuota de IRPF aportando el máximo legal mencionado.

B) Hacer donativos a entidades sin finalidad lucrativa

Desde el pasado año 2015, los donativos a determinadas entidades sin ánimo de lucro (como fundaciones), desgravan un 75% para los primeros 150 euros donados, y un 30% para el resto, teniendo en cuenta que si han hecho donativos a una misma entidad durante al menos tres años, el porcentaje anterior se incrementa al 35%.

  • Suponemos el caso de una persona que haya hecho donativos, uno de 150 euros a una entidad con la que colabora por primera vez, y otra de 100 euros, que ya ha repetido los años 2015 y 2014. El importe a desgravar de su cuota de IRPF será el siguiente:

          a) Donativo de 150 euros = 150 x 75% = 112,5 euros

          b) Donativo de 100 euros = 100 x 35% = 35 euros

Nuestro departamento fiscal os podrá orientar sobre la manera de optimizar estas y otras desgravaciones fiscales, contando, a la vez, con el soporte de nuestro departamento de seguros para realizar la elección de los productos de ahorro bonificados fiscalmente.

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