A partir del 4 de agosto se puede solicitar la línea de ayudas aprobada por el Gobierno estatal, cuya finalidad es compensar a determinados sectores por la subida del precio de los carburantes. A continuación, pasamos a detallar los rasgos principales de este programa:

  • Beneficiarios: empresas y autónomos, titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, MDPE, MDLE, que a 15 de julio se encuentren dados de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, encuadrados en los siguientes códigos CNAE:
Cod. CNAEActividad
4932Transporte por taxi
4939Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p
4941Transporte de mercancías por carretera
4942Servicios de mudanza
8690Servicio de transporte sanitario de personas
4931Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros
  • Cuantía de las ayudas: el presupuesto total es de 450 millones de euros, que se aplicará en función del número y tipología de vehículos explotados por los beneficiarios, conforme al siguiente baremo:
VehículoImporte unitario ayuda
Mercancías pesado. Camión. MDPE1,250
Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE500
Autobús. VDE950
Taxis. VT300
Vehículo alquiler con conductor. VTC300
Ambulancia. VSE500
Autobús urbano950

La única limitación a la concesión de estas ayudas, aparte del presupuesto, será haber excedido el límite económico correspondiente al marco temporal derivado de la crisis ucraniana, computando a estos efectos, tanto as ayudas recibidas por la empresa beneficiaria, como por empresas asociadas o vinculadas a la misma.

  • Plazo de presentación de solicitudes: desde el 4 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2022. En caso de silencio administrativo en el transcurso de tres meses, se considerará desestimada la solicitud.
  • Otras cuestiones:
    • Las solicitudes se presentarán ante la Agencia Tributaria, por el procedimiento telemático.
    • El importe se percibirá por transferencia bancaria a partir del 31 de octubre.
    • La ayuda es compatible con el ejercicio del derecho a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos por consumo de gasoil profesional.
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