A partir del 4 de agosto se puede solicitar la línea de ayudas aprobada por el Gobierno estatal, cuya finalidad es compensar a determinados sectores por la subida del precio de los carburantes. A continuación, pasamos a detallar los rasgos principales de este programa:
- Beneficiarios: empresas y autónomos, titulares de una autorización de transporte de cualquiera de las clases VDE, VT, VTC, MDPE, MDLE, que a 15 de julio se encuentren dados de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte, encuadrados en los siguientes códigos CNAE:
Cod. CNAE | Actividad |
4932 | Transporte por taxi |
4939 | Tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p |
4941 | Transporte de mercancías por carretera |
4942 | Servicios de mudanza |
8690 | Servicio de transporte sanitario de personas |
4931 | Transporte terrestre urbano y suburbano de pasajeros |
- Cuantía de las ayudas: el presupuesto total es de 450 millones de euros, que se aplicará en función del número y tipología de vehículos explotados por los beneficiarios, conforme al siguiente baremo:
Vehículo | Importe unitario ayuda |
Mercancías pesado. Camión. MDPE | 1,250 |
Mercancías ligero. Furgoneta. MDLE | 500 |
Autobús. VDE | 950 |
Taxis. VT | 300 |
Vehículo alquiler con conductor. VTC | 300 |
Ambulancia. VSE | 500 |
Autobús urbano | 950 |
La única limitación a la concesión de estas ayudas, aparte del presupuesto, será haber excedido el límite económico correspondiente al marco temporal derivado de la crisis ucraniana, computando a estos efectos, tanto as ayudas recibidas por la empresa beneficiaria, como por empresas asociadas o vinculadas a la misma.
- Plazo de presentación de solicitudes: desde el 4 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2022. En caso de silencio administrativo en el transcurso de tres meses, se considerará desestimada la solicitud.
- Otras cuestiones:
- Las solicitudes se presentarán ante la Agencia Tributaria, por el procedimiento telemático.
- El importe se percibirá por transferencia bancaria a partir del 31 de octubre.
- La ayuda es compatible con el ejercicio del derecho a la devolución parcial del impuesto sobre hidrocarburos por consumo de gasoil profesional.
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